Como hemos señalado en toda nuestra literatura sobre la dictadura y la función histórica del “Proceso de la Revolución Argentina”, su cometido fue ahogar en sangre el proceso revolucionario iniciado con el Cordobazo, el ascenso obrero y el surgimiento de una fuerte corriente clasista, que no pudo neutralizar la vuelta de Perón, claramente orientada a desviar, controlar y a su turno reprimir ese fenómeno. Las relaciones de fuerza no sólo del movimiento obrero en su conjunto respecto de la burguesía, sino en particular de las organizaciones obreras de base que tuvieron expresión en las famosas coordinadoras, con centro en la zona norte del Gran Buenos Aires, pero con extensión en todo el país, junto a sindicatos recuperados de las manos de la burocracia peronista oficial de los Rucci y Cía, fueron un problema crucial a resolver por la dictadura.
Esta tarea tuvo un antecedente histórico muy inmediato en el regreso de Perón en 1973. La persecución al sindicalismo clasista y combativo fue una constante del régimen de Perón, Isabel y López Rega, que actuó en connivencia con la burocracia sindical, delatando activistas a la Triple A, los comandos paramilitares al mando de López Rega, que cobraron más de 1500 víctimas, especialmente delegados y activistas obreros, entre los que se encontraron nuestros compañeros Jorge Fisher y Miguel Angel Bufano, delegados de la fábrica Miluz, asesinados por estos comandos.
Un antecedente muy fuerte de los ataques al movimiento obrero durante ese período pre-dictadura militar lo tuvimos con el golpe de Estado de Perón en Córdoba, llamado Navarrazo, que volteó mediante un levantamiento policial al gobierno de Obregón Cano y Atilio López, este último, dirigente combativo de la UTA cordobesa.Un golpe que actuó mediante la intervención del Brigadier Lacabanne en común con el Tercer Cuerpo de Ejército, bajo el mando de Luciano Benjamín Menéndez, en crímenes, torturas y desapariciones de delegados y activistas, en centros clandestinos que precedieron a la famosa “La Perla”, el principal de ellos en Córdoba inaugurado el 24 de marzo de 1976.
Un golpe muy calculado porque Córdoba era el epicentro del clasismo con Sindicatos como SitracSitram, el Calzado, la mecánica Perkins y a su tuno nada menos que el Smata Cordobés, bajo la dirección de René Salamanca. Quien escribe estas líneas como delegado general del Banco de Galicia integraba una muy importante coordinación de cuerpos de delegados combativos de La Bancaria que por lejos era más fuerte que la dirección seccional. Varios de estos compañeros delegados del Banco de Córdoba, Hipotecario, Nación y Galicia fuimos detenidos y torturados en la primavera del 75 y liberados en un proceso de huelgas y reclamos de nuestros compañeros en los bancos respectivos. La Córdoba del prestigioso Agustín Tosco, de Luz y Fuerza, muerto en la clandestinidad antes del golpe, tuvo una izquierda marxista de enorme gravitación en el movimiento obrero y estudiantil.
Otro antecedente muy significativo fue la represión del Villazo contra la huelga y recuperación de la UOM Villa Constitución ganada por la dirección combativa y de izquierda de Alberto Piccinini. Un operativo conjunto de policía, gendarmería y paramilitares que reprimió y encarceló a decenas de dirigentes, delegados, activistas y militantes obreros en marzo de 1975, cuyo nombre fue Operación Serpiente Roja del Paraná. Se trató de una ofensiva contrarrevolucionaria para descabezar un movimiento que en el Villazo de marzo de 1974 había triunfado encabezando un proceso de ocupaciones de Acindar y otras fábricas, huelgas y movilizaciones que llegaron a congregar a toda la población en una histórica marcha de 12000 personas en una localidad de 25000 habitantes: una pueblada con la clase obrera a la cabeza que pasó por arriba a la burocracia de Lorenzo Miguel.
Pero ni el Navarrazo y sus razias, ni la brutal represión contra el Villazo resultaron decisivas para terminar con el proceso de ascenso obrero que cuestionó desde el primer momento el pacto social de Gelbard y Rucci, prohijado por Perón, que estalló definitivamente con el Rodrigazo y la respuesta de la huelga general que nació de las coordinadoras de la zona norte y se fue abriendo paso en todo el país desde junio hasta el 7 y 8 de julio de 1975. El paro finalmente decretado por la burocracia fue para levantar la huelga general que había escapado de sus manos. Una huelga que le impuso a Isabel el 100% de aumento ante la devaluación del ministro Celestino Rodrigo, volteó al ministro y puso en fuga a López Rega del gobierno. El reloj de la burguesía se ponía en marcha hacia el golpe militar en la convicción de que el gobierno peronista había perdido el control de la situación.
Ricardo Balbín, líder del radicalismo, que había despedido a Perón como un “amigo” frente a su féretro, llamó al proceso obrero una “guerrilla fabril” con la que había que terminar. Y el golpe cívico militar que sobrevendría el 24 de marzo colocaba a Alfredo Martínez de Hoz al frente del ministerio de economía, alguien que conoció de cerca la cuestión del poder de la clase obrera desde el directorio de Acindar en la fase previa al golpe de Videla.
La ilegalización del movimiento obrero
Es imposible examinar la cuestión de la evolución de las leyes sindicales desde la dictadura hasta Milei, sin tener en cuenta el contexto que acabamos de describir brevemente. Como tampoco podemos omitir la brutal ofensiva económica contra los trabajadores dispuesta desde el ministerio de Martínez de Hoz, con apoyo de toda la burguesía: el PBI caería un 20% entre 1976 y 1983 y la participación de los trabajadores en el PBI pasaría del 45% en 1976 al 22% en la alta inflación de 1982.
Toda la batería legal de los primeros años del Proceso estuvo al servicio de la ilegalización del movimiento obrero. Con la ley 21261 se anuló el derecho de huelga. Con la 21356 se prohibieron las asambleas, congresos y elecciones gremiales. Se intervino la CGT y los principales sindicatos del país. Se eliminó el fuero sindical y mediante la ley 21400 se prohibió cualquier medida de acción directa incluyendo el trabajo a reglamento, una herramienta utilizada en innumerables procesos de resistencia para eludir la prohibición de las huelgas. Volvió de algún modo la ley de residencia de fines del siglo XIX porque muchos compañeros extranjeros fueron deportados a los gobiernos socios de la dictadura en el marco del Operativo Cóndor. Todo activista que violara estas leyes era víctima de la aplicación de la ley antisubersiva en cuanto a la parte legal invocada por las patronales. Quien escribe estas líneas fue despedido con causa por “Ley Antisubversiva” (así decía el telegrama) en marzo de 1982 de la gráfica Apus por un paro y concentración ante la oficina de personal para reclamar aumento de salarios.
Pero todo esto fue simplemente la cobertura para el accionar del terrorismo de Estado que atacó al movimiento obrero combativo mediante el secuestro, la desaparición y la tortura en los campos de concentración de la dictadura. Varios de esos centros clandestinos de detención fueron instalados en las propias grandes fábricas como la Ford o Mercedes Benz, empresas como Alpargatas o Atlántida delataron a sus delegados para ser secuestrados y en el famoso “Apagón de Ledesma”, con vehículos del Ingenio Ledesma se secuestró en una noche a 400 personas, entre trabajadores, estudiantes y militantes de la localidad de Libertador San Martín en julio de 1976.
En el extraordinario libro “La Oposición Obrera bajo la dictadura” de Pablo Pozzi se pasa revista el vasto proceso de resistencia del movimiento obrero a esta ofensiva descomunal. Las huelgas, piquetes, trabajos a reglamento y otras medidas de los trabajadores de Luz y fuerza que derivaron a la postre en el secuestro de Oscar Smith, el único alto dirigente sindical secuestrado por la dictadura. Pero esos movimientos telúricos desde lo más profundo de la clase obrera en medio de la dictadura asesina se extendieron a decenas y decenas de gremios entre ellos el Smata, la carne, teléfonos, ferroviarios, vidrio, bancarios, siderúrgicos, textiles. Las medidas se fueron profundizando hasta llegar a ocupaciones de fábrica en plena dictadura. Y, por ejemplo en los primeros meses de 1979 pararon 500000 días hombre según los registros. Los militares fueron recibidos a bulonazos en Ika-Renault Córdoba, donde fueron asesinados cuatro obreros en el enfrentamiento. En 1981 se llegó a paros generales, en un cuadro salarial que se iba agravando. La resistencia obrera durante la dictadura fue fenomenal, pero esencialmente desde las organizaciones fabriles, no desde las cúpulas sindicales.
Estos fenómenos llevaron a la propia dictadura a considerar que sin el concurso de al menos un sector de la burocracia colaborando en “domar” y barrer de activistas al movimiento obrero, no podrían ser llevados adelante sus propósitos y así se fueron constituyendo las “comisiones asesoras” de los interventores militares, que se fueron cooptando entre el sindicalismo llamado en la época precedente “colaboracionista”. En el gremio gráfico, por ejemplo, esa colaboración se dio de parte de la agrupación Francisco Calipo que fuera dirigente del Sindicato Gráfico después de la expulsión a punta de pistola de Raimundo Ongaro, a quien las Tres A le mataron un hijo y se tuvo que exiliar en Europa. Este ejemplo de crimen y cooptación es emblemático de los métodos del período previo al golpe en el movimiento obrero y luego, del carácter de las intervenciones de los sindicatos y sus comisiones asesoras. En 1984, el Sindicato Gráfico sería recuperado por la Lista Verde-Naranja (Ongaro-Pitrola) que le ganaría a dos listas de las grandes fracciones peronistas del movimiento obrero a la salida de la dictadura. Una, al ala más colaboracionista (Calipo) y otra ligada a “los 25”, un ala que se fue colocando en la oposición a la dictadura.
La CGT el 30 de marzo de 1982 llamó a una movilización a Plaza de Mayo donde confluyeron gruesas columnas reprimidas –se estima entre 1000 y 3000 detenidos-. De algún modo comenzó la cuenta regresiva hacia la caída de la dictadura, en la que la resistencia obrera fue un factor decisivo todo el período. El 2 de abril, Galtieri ocuparía Malvinas en un acto desesperado. La derrota en la guerra sellaría el destino definitivo del Proceso.
La ley 22105 de Asociaciones Profesionales, su rol y sus nexos con las “leyes de la democracia”
Pero en el punto que nos ocupa habría una novedad en los años finales del Proceso. En noviembre de 1979, la dictadura saca la ley 22105 de Asociaciones Profesionales. Esta ley estaba destinada a abrir un proceso de legalización y a la vez regimentación de los sindicatos a la medida de los proyectos de perpetuación que tenían las distintas alas internas del Proceso, en particular la del Almirante Emilio Massera. Y si miramos a fondo su articulado, aunque la dictadura se reservaba poderes fundamentales, podemos ver la mano de una negociación con la burocracia de la época que muchos historiadores atribuyen al ya empoderado Lorenzo Miguel, líder metalúrgico de las 62 Organizaciones, la rama ortodoxa del peronismo sindical.
En su artículo 8 prohibía a los sindicatos “participar de actividades políticas y/o apoyo a partidos políticos”. Lógicamente, pretendía borrar con este plumazo cien años de historia de ligazón de los sindicatos al Anarquismo, al Socialismo, al Partido Comunista, al Peronismo y, desde luego, a las diferentes corrientes revolucionarias que se abrieron paso en los ’70.
El siguiente artículo disponía que “no podrán intervenir en la administración de las Obras Sociales”, algo que hoy está legalizado en sentido contrario, son los sindicatos los que administran, para bien o para mal, las obras sociales sindicales que, como su nombre lo indica, nacieron propuestas y formadas por las organizaciones obreras, siendo hoy un tercio del sistema nacional de salud. Milei trató de bajarles el aporte patronal para terminar de quebrarlas, porque la mayoría ya está en bancarrota como resultado de la caída de los salarios reales frente al ascenso de los costos de la salud.
Sorprendentemente, el artículo 12 establecía que los desocupados y jubilados podían mantener la afiliación, aunque estas medidas quedaron sujetas a reglamentación en la propia ley.
La ley establecía mandatos de tres años –hoy son cuatro- y permitía una sola reelección de autoridades. Este último, un tema que la derecha ha vuelto a la polémica nacional, como si este tipo de cláusulas pudieran alterar el contenido de clase de la política de los agrupamientos y dirigentes sindicales. Pero la “democracia” extendió los mandatos, contra la democracia en los sindicatos.
Son muchos los aspectos de interés para sacar conclusiones sobre el rol de esta ley bajo la dictadura, por lo que conviene que nos concentremos en algunos muy relevantes. Uno de ellos es el otorgamiento de personerías gremiales por parte de la autoridad de aplicación y la reserva de la “simple inscripción” para organizaciones de “ámbito menor”, cuando las zonas y características así lo habiliten. Este punto resulta crucial porque es el Estado el que decide la vida y el alcance de los sindicatos, a lo que se agrega en el artículo 30 la aprobación de los estatutos por el Ministerio de Trabajo. Son dos pilares de la regimentación de los sindicatos por parte del Estado que siguen vigentes tal cual hasta el día de hoy en el llamado “unicato” sindical de la ley de Asociaciones Sindicales 23551 aprobada durante el gobierno de Alfonsín, bajo el ministerio del lucifuercista Alderete y con la autoría de Oraldo Britos, un senador cuyano de la burocracia sindical peronista de la época.
Notablemente, la 22105 de la dictadura en su artículo 35 bloqueaba el sindicato por empresa, una experiencia que le alteró los nervios a la burguesía con la mencionada experiencia del Sitrac-Sitram, aunque no la única, que fueron los sindicatos amarillos de Fiat recuperados mediante una ocupación de fábrica en 1970. Milei llegó más lejos que la dictadura en la reforma laboral esclavista en este tema: habilita los sindicatos por empresa con enormes facilidades, contra los grandes sindicatos de industria o actividades.
En el artículo 44 se estableció que los sindicatos sólo pueden recibir cuotas por medio de los afiliados al sindicato. Para disponer en el artículo siguiente que sólo una vez por año podría haber una “contribución por homologación de convenio”. Un debate de enorme actualidad, por las cuotas solidarias, y que tuvo antecedentes muy importantes en los 70. Porque se había difundido la costumbre de que el primer mes de aumento de paritaria quedaba para el sindicato en muchísimas actividades, según los sindicatos. En el gremio del vidrio, la agrupación ligada al PO de la época había dirigido un levantamiento contra la dirección del sindicato en Córdoba del que formaron parte los principales cuerpos de delegados (Osram y Cive) llamada “la lucha del descuento”. Un debate que ha vuelto enteramente con las “cuotas solidarias” negociadas en la reforma esclavista por la CGT con un tope del 2% que cobran los sindicatos a afiliados y no afiliados por la firma de paritarias.
Más adelante la ley asegura que la patronal es agente de retención. Otro de los artículos que negoció la actual CGT, porque Milei y su banda trataron de llegar a ese punto tan sensible que demolería la estructura económica más elemental de los sindicatos, porque haría depender de un aporte voluntario el más elemental financiamiento. Aunque así empezaron los sindicatos y más recientemente, hubo una experiencia en la AGTSyP del subte, antes de su simple inscripción, de aporte a los “metrodelegados” por medio del CBU de los compañeros que así sostuvieron este nuevo sindicato edificado tras la conquista de las seis horas, contra la burocracia de la UTA.
Notablemente el artículo 48 otorga al sindicato y su representación de empresa la potestad de peticionar, sin prohibir la asamblea como lo ha dispuesto la reforma laboral de Milei, que sujeta su realización a la autorización patronal, la destinataria misma de los reclamos. Y, desde luego, lo que no está prohibido se puede discutir y realizar. Otro punto donde Milei ha llegado más lejos que la dictadura.
Los dirigentes y delegados tenían fueros como ahora, pero se establecía que los delegados podrían dejar sus tareas productivas con autorización del empleador para realizar sus tareas gremiales, algo que hoy está reglamentado por la reforma Milei en un total de diez horas mensuales como máximo.
La 22105 establece que los delegados de empresa deben elegirse a razón de uno cada cien trabajadores, un número absolutamente exiguo para atender a las necesidades de los reclamos y la organización de los lugares de trabajo. Esta reglamentación restrictiva se mantuvo tal cual en la 23551 que rige hasta hoy la vida de los sindicatos. Este punto crucial es atacado en la descomunal campaña política llevada a cabo contra “los convenios del 75”. Justamente, alguno de ellos, conservan en torno a este punto cláusulas fundamentales como el convenio gráfico, el metalúrgico y otros. El convenio gráfico, por ejemplo, establece un delegado de 5 a 15 trabajadores, dos de 15 a 40, tres de 40 a 70 y uno cada 50 trabajadores de allí en adelante. En la UOM, tres delegados hasta 50 trabajadores y con más de 50 se añade uno cada 30 o fracción superior a 20. Trascendió que Sturzenegger pretendió introducir en la reforma esclavista que no haya delegados en empresas de menos de cien trabajadores. Como se aprecia puntos decisivos para la organización de base de los trabajadores.
La ley 27802, llamada por el gobierno facholibertario de Milei de “Modernización Laboral” finalmente no anuló la ultraactividad de los convenios a su vencimiento como pretendió Milei. La ley de la dictadura tampoco, eso sí su artículo 61 estableció que podrá “quitar personerías por violación de norma legales”. Y al mismo tiempo establecía restricciones al derecho de huelga, que sin embargo Milei ha llevado más lejos al colocar a la mayoría de las actividades sujetas a la calificación de esenciales o trascendentales, con guardias del 75 o el 50%.
El arbitraje obligatorio de Onganía y una democracia que siempre se asentó en la regimentación de los sindicatos
Muchos de los antecedentes de la legislación que rige y regimenta a los sindicatos data, con modificaciones, de las imposiciones del gobierno que resultó del golpe de Estado de Juan Carlos Onganía en 1966. La dictadura autodenominada “Revolución Argentina” es, justamente, la que en 1969 hiere de muerte el Cordobazo, abriendo un proceso de ascenso obrero y popular que dispara no sólo la “institucionalización” de Lanusse y finalmente el llamado a las elecciones de 1973, sino la mismísima “vuelta de Perón”. Pero interesa especialmente a nuestro análisis que su asunción fue saludada por Perón desde su exilio en Madrid con una frase que quedó en la historia, “desensillar hasta que aclare”, abriendo una fuerte expectativa. Al mismo tiempo la burocracia sindical llegaba más lejos, directamente participó de la asunción del militar que destituyó a Arturo Illia con la presencia de Vandor, Izzeta, Taccone, Niembro y Coria, por las “62 Vandoristas”, por las “62 de pie junto a Perón” estuvieron Alonso y Cristófoli y Armando March, de comercio, por los “independientes”.
De aquel momento data la ley 16936 de arbitraje obligatorio, con todo un articulado destinado a regimentar el derecho de huelga mediante la intervención del Ministerio de Trabajo. Se trata de un cuerpo legal que suspende la huelga y somete no sólo a los trabajadores a acatarla bajo amenaza de despido, sino que de ella puede surgir el “laudo arbitral” del Estado que se eleva por encima de las partes en conflicto como si su contenido fuera ajeno a las clases sociales en disputa, la clase obrera y la burguesía. A la patronal, sólo le caben multas por su violación, algo que en la gran lucha de la ocupación de Fate en estos días se ha puesto fuertemente de manifiesto: la planta no fue puesta a andar, los trabajadores no cobran la quincena y sólo se evalúa por parte del poder político multar a su dueño Madanes Quintanilla que cierra una empresade 86 años de antigüedad. Una industria esencial para el país, de fabricación, entre otras variedades, de gomas de camiones y colectivos.
Ya no rige la ley de Onganía, pero rige en su lugar una anterior, la 14786 que cumple las mismas funciones estratégicas, enfriar la lucha de los trabajadores para que la patronal imponga lo suyo, algo que es definitivamente así cuando se trata de un conflicto salarial donde carece de contenido el llamado a las partes a “retrotraer las medidas al estado anterior al conflicto”. Cuando de despidos se trata, a menudo la conciliación es con los despedidos afuera de planta o sin retomar tareas efectivas por el período de su duración.
El carácter restrictivo del derecho de huelga de la conciliación obligatoria se agrava en el caso de los conflictos con trabajadores del Estado, que son millones entre el Estado nacional, los provinciales y municipales. Porque en esos casos el Estado es juez y parte, está de los dos lados del mostrador. Así lo ha puesto de relieve recientemente la gran lucha del Hospital Garrahan que fue al paro desconociendo una conciliación obligatoria del gobierno de Milei cuyo único objeto era bloquear las medidas de acción directa de los trabajadores. También en las huelgas de Adosac de Santa Cruz, el sindicato de los docentes, que desconoció dictados de conciliación del gobierno provincial, que es su patronal.
Pero el gobierno de Onganía dictó también la vieja ley de Asociaciones Profesionales que se prolongó durante el gobierno de Cámpora y Perón. Dos consignas marcaron todo el movimiento obrero combativo de la época: Abajo el Pacto Social y Abajo la ley de Asociaciones Profesionales.
Conclusiones finales
No es aquí el tema de nuestro enfoque el de la historia de las Reformas Laborales, desde la dictadura a la fecha, pero la cuestión de la regimentación de los sindicatos se ha ido enlazando con las sucesivas reformas laborales, desde la dictadura hasta Milei. La democracia no ha repuesto el derecho irrestricto de huelga que no debe tener reglamentación alguna en opinión del Partido Obrero que tiene doctrina sobre el punto. Al igual que los sindicatos, cuya autonomía total y definitiva reivindicamos como organizaciones obreras para luchar contra el capital y su Estado.
La reforma laboral de Menem que acompañó el desastre de la desocupación masiva de fines de los ’90 (18% en 1998), fue reemplazada por el gobierno de la Alianza de De la Rúa y Chacho Alvarez por otra reforma laboral que entró en la historia como ley Banelco, porque se abrió paso mediante “las coimas del Senado” que llevaron a la renuncia del vicepresidente y a la eyección del ministro “progresista” Alberto Flamarique del Frepaso. Depuesto De la Rúa por el Argentinazo, el Secretario de la Presidencia de Néstor Kirchner, Carlos Kunkel declaraba que la Ley laboral de la Banelco es «políticamente ilegítima pero jurídicamente inobjetable» (El Día, 12/12). La CTA, bien llamada por entonces como la “CGT de la Alianza”, luego cooptada por el kirchnerismo, apoyó esta suplantación de la ley Banelco por otra similar. Entonces quienes critican el “modelo sindical”, pero no sus bases de estatización de los sindicatos jamás encararon una lucha seria contra la regimentación sindical, porque la pretenden en sus términos, que son los de la “libertad sindical de la OIT”, una de las formas de integración de los sindicatos al sistema. En aquel momento publicábamos en Prensa Obrera “El movimiento obrero debe explotar la crisis abierta en su favor no solamente para quebrar el intento de una nueva ley laboral: llamamos a una campaña para declarar nulos todos los convenios, actas y acuerdos de flexibilización laboral, proclamar la jornada de ocho horas, pedir un aumento del 50% y exigir paritarios electos (que representen también a contratados y trabajadores en negro).” Christian Rath, 25/12/2003. Una propuesta de inmediata actualidad, 23 años después.
La entrega de una lucha de conjunto que no dio la burocracia sindical peronista contra la ley esclavista de Milei, -lo que vale para la CGT y todas sus alas y para ambas CTAs que priorizan la “unidad” y a la postre desarticulan al movimiento obrero para dar una batalla contra el conjunto de la ofensiva antiobrera del gobierno de ultraderecha de Milei-, tiene raíces muy profundas. Es el proceso creciente de estatización sindical, de una burocracia que pactó con todos los gobiernos de la democracia y aún de las dictaduras a su manera y según las circunstancias.
La ofensiva mundial contra los derechos obreros, de reformas antilaborales y antiprevisionales, asociadas al cercenamiento del derecho a la lucha y a la represión en democracias cada día más restrictivas y afectas a regímenes bonapartistas de derecha ha hecho más vital que nunca la batalla por la independencia política del movimiento obrero y de sus organizaciones. El Estado en esta época de descomposición imperialista y guerras acentúa hasta el final sus rasgos de guerra contra la clase obrera. La lucha por la democracia sindical y la autonomía de los sindicatos, en conclusión, se asocia al sentido profundo de la construcción clasista que es la lucha por el poder de los trabajadores.